SANTO DOMINGO.- La Tercera Cámara Civil del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional ordenó a la Junta Central Electoral autorizar la expedición de un acta de nacimiento a favor de una dominicana cuyos padres son de nacionalidad haitiana.
La jueza Yokaurys Morales Castillo, por medio de la sentencia 0366-08, declaró como “bueno y válido” el recurso de constitución de amparo a favor de Nuny Angras Luís para que le sea expedida el Acta de Nacimiento registrada en la Oficialía del Estado Civil de Esperanza con el No.340, Libro 140, Folio 145 del año 1981.
Asimismo, condenó a la Junta Central Electoral y al Director Nacional de Registro Civil al pago de mil pesos por cada día de retraso en la expedición del acta de nacimiento.
El abogado William Alcántara, que actúo en representación de Nuny Angra Luís, explicó que la decisión de la Tercera Cámara Civil contribuirá a que miles de dominicanos con descendencia haitiana y que están registrados en la Oficialía del Estados Civil se le entregue sus actas de nacimientos.
Señaló que la Junta Central Electoral está violando los derechos constitucionales y los establecidos en las Convenciones y tratados internacionales en perjuicio de miles de ciudadanos dominicanos a los cuales, por tener padres haitianos, no le entregan sus actas de nacimiento.
Explicó que el Presidente de la Cámara Administrativa, Roberto Rosario, por medio del Oficio 017 prohibió a los oficiales del Estado Civil a expedir actas de nacimientos a los dominicanos que sus padres tienen nacionalidad haitiana.