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Mon, 01 Feb 2010 06:40:00

RD como estado social y democrático

POR DARIO NIM*
La recién estrenada Constitución Dominicana, establece en su artículo 7 que el Estado Dominicano se ha constituido en un Estado Social y Democrático de Derecho.

Textualmente nuestra Constitución  consagra: “ La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos”.

En castellano llano, claro y  entendible qué significa la frase “La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho”. 

Trataré de aclararlo.

Al salir de la segunda guerra mundial Alemania decidió reorientar su rumbo tanto en políticas sociales como de mercado. Son ellos (Los alemanes), quienes producen el concepto tal y como se ha ido extendiendo  y que hoy adoptamos.
Precisando diremos que ese estado social es la base de lo que conocemos hoy día como Economía Social de Mercado.

¿En qué ha de beneficiarnos que el Estado Dominicano se constituya en lo que ya hemos expresado? Bueno… en mucho si pasamos de la teoría a la acción. Conlleva múltiples beneficios que se concentraran en borrar múltiples barreras sociales y económicas.

Lo anteriormente afirmado de que sólo si dejamos la teoría y pasmos a la práctica tendría algún significado lo adquirido, lo afirmamos porque la constitución anterior que un célebre mandatario nuestro calificó con sus razones mas que sobradas, de “ pedazo de papel” contenía  en su artículo 8  lo que cito a continuación:

“.- Se reconoce como finalidad principal del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos”

Sin mayores comentarios, juzgue usted los resultados a lo largo de su vigencia.

Bien…volvamos al presente, lo que conlleva el Estado Social de Derecho es la garantía  de derechos sociales mediante su reconocimiento en la legislación (Carta Sustantiva como es nuestro caso) para que no sean objeto de fácil modificación que lo arrebaten posteriormente.  Esos derechos son de trabajo, vivienda digna, salud, educación o medio ambiente entre otros. 

Se garantiza también recurrir políticas activas de protección social, de protección a la infancia, a la vejez, políticas para hacer frente a la enfermedad y al desempleo, de integración de las clases sociales marginadas hasta hoy, evitando así la exclusión y la marginación, equilibrando las desigualdades, redistribuyendo la renta a través de los impuestos y el gasto público.
 
Verdad que suena maravilloso es como si llegáramos a un estadio social, sin haber hecho una revolución violenta. Es como si de repente El estado haya despertado y decidido empezar a pagar la gran deuda social acumulada como ya escribí hace un tiempo.
 
En realidad teóricamente hablando  El Estado Social de Derecho es como un punto medio entre los sistemas totalmente liberales y los sociales que de alguna manera, reivindica estos dos sistemas extremos y reconoce ciertos valores de uno y otro que son importantes para el desarrollo de las sociedad.
Para esto tenga efecto no solo hay que readecuar leyes, sino y esto es mucho más importante hay que readecuar pensamientos y conciencias.

Debemos seguir hablando de esto pero será en otra entrega.

Hasta la próxima 

.renase2@hotmail.com

 

 

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